La Ministra Yasmín Esquivel criticó hoy a la Presidenta de la Suprema Corte de Justicia, Norma Piña, por haber otorgado el jueves pasado una medida cautelar para proteger al Comité de Evaluación del Poder Judicial, ante posibles sanciones de parte del Tribunal Electoral.
En un oficio presentado hoy a sus colegas, Esquivel afirmó que Piña no tiene facultades legales para conceder una medida de ese tipo, que derivó de la controversia presentada por el Comité ante la Corte para que aclare si debe hacer caso a las órdenes del TEPJF o las de jueces de amparo.
Reforma publicó el 25 de enero que la medida cautelar fue concedida por Piña luego de que el Comité le argumentó que el TEPJF está actuando fuera de la ley, al dictar sentencias que dejan sin efectos fallos de jueces de amparo, sobre los cuales no tiene jurisdicción.
Según Esquivel, quien publicó su oficio en su cuenta de X, Piña solo podía admitir a trámite la controversia promovida por el Comité bajo el artículo 11 de la Ley Orgánica del PJF, pero no otorgar suspensiones o medidas cautelares.
"La suspensión, como medida cautelar, debe tramitarse bajo reglas legales; en el caso, no existe fundamento alguno para que la Ministra Norma Piña la decrete por iniciativa propia", sostuvo.
Agregó que este asunto se refiere a un proceso electoral que no puede ser suspendido, aunque precisamente ese es el tema que ha enfrentado desde octubre al TEPJF con juzgados de distrito y tribunales de circuito, y que la Corte no ha aclarado.
"La Ministra Piña, al paralizar con esta medida cautelar la actuación de la Sala Superior del TEPJF, está violando la independencia y autonomía de ese órgano jurisdiccional, al inhibir su funcionamiento para llevar a cabo el proceso electoral", acusó Esquivel, una de tres Ministras afines al gobierno que serán candidatas en la elección de junio.
Sin embargo, en su orden Piña no impidió al TEPJF seguir dictando sentencias sobre la elección judicial y, de hecho, hoy la Sala Superior autorizó al Senado para asumir las funciones del Comité de Evaluación del PJF y proponer a la Corte las listas de candidatos para la elección.
El 12 de enero, el Pleno de la Corte rechazó por cinco votos contra cuatro ordenar directamente al Comité de Evaluación reanudar el proceso de selección, que frenó por dos órdenes de jueces de amparo.
Esto ha colocado al PJF ante el escenario de no postular candidatos a la elección, y dejarla a merced de los postulados por el Ejecutivo y Legislativo, pues incluso los que el Senado presente a la Corte al ejecutar la orden del TEPJF tienen que ser aprobados por mayoría de ocho votos para ser registrados por el Instituto Nacional Electoral (INE).
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